Aumento del salario mínimo en Nicaragua 2026: sectores, montos y vigencia. – MITRAB

El Ministerio del Trabajo oficializó un incremento general del 4 % al salario mínimo para la mayoría de sectores productivos, y ratificó un aumento del 6.7 % para las industrias sujetas a régimen especial, vigente desde el 1 de enero de 2026.

Vigente del 1 de marzo de 2026 al 28 de febrero de 2027 Acuerdo Ministerial No. 02-2026

A partir del 1 de marzo de 2026 se aplica un incremento del 4 % al salario mínimo en los distintos sectores de la economía nacional, como parte del acuerdo alcanzado en la Comisión Nacional de Salario Mínimo. En el caso de las industrias sujetas a régimen especial o zona franca, se mantiene el ajuste del 6.7 % que entró en vigencia desde el 1 de enero de 2026.

El Ministerio del Trabajo recuerda que no se pueden realizar reducciones salariales cuando se están pagando montos superiores a los mínimos acordados y que el incremento debe reflejarse también en los sistemas de pago por pieza o rendimiento.

Es importante señalar que este ajuste aplica únicamente a las posiciones cuyos colaboradores perciben el salario mínimo establecido para cada sector, por lo que no implica una modificación automática para puestos con remuneraciones superiores a dicho umbral.

Importante: estos nuevos montos constituyen la base legal mínima que deben respetar empleadores públicos y privados durante el período 2026–2027.
Comunicado oficial del MITRAB

A continuación podés consultar el comunicado ministerial completo sobre la aplicación de los nuevos salarios mínimos en Nicaragua para el año 2026.

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